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Por medio de la Resolución CA N° 021-014/2024 de fecha 4 de abril de 2024 (la “Resolución”), el IPS resolvió:

  1. La aprobación de un proyecto de decreto que establece la base mínima imponible de aporte al IPS, para la categoría a destajo o jornal, equivalente a 25 jornales mínimos legales para actividades no especificadas según lo establece el Poder Ejecutivo.
  2. En líneas generales, la propuesta establecida en la Resolución considera imprescindible una modificación en la base imponible mínima de 18 a 25 jornales de manera a garantizar a protección social de los jornaleros fomentando establecer mecanismos más equitativos en la cobertura de salud y en el proceso de jubilación, además de fortalecer y consolidar los aportes y fondos correspondientes.
  3. Asimismo, la Resolución establece que la modificación tiene como objetivo permitir a los trabajadores el acceso a los beneficios de largo plazo, estableciendo un piso de aporte que coincida con un mes de antigüedad a los efectos jubilatorios, permitiendo el acceso  la expectativa del beneficio de jubilación en el plazo de 25 años, equivalentes a 50 semanas de aportes por año, esto es, en el mimo tiempo que los trabajadores del régimen general, dado que actualmente, los jornaleros deben aportar más tiempo para acceder a la jubilación ordinaria o proporcional.
  4. La propuesta de modificación será remitida al Poder Ejecutivo de manera a que el documento siga los canales legales correspondientes.

Este contenido tiene únicamente fines informativos generales y no debe ser considerado como asesoría legal puntual. Si precisa asesoramiento específico no dude en contactarnos.

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