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Por medio de la Resolución CA N° 005-013 de fecha 24 de enero de 2024 (la “Resolución”), el IPS estableció:

  1. La exoneración del monto en concepto de recargo por mora para los empleadores aportantes del Régimen especial y general sobre planillas normales, planillas complementarias y/o cuotas de fraccionamientos de pagos vencidos e impagos, con vigencia hasta el 30 de abril de 2024.
  2. La Resolución establece la exoneración como sigue:
    1. Del 100% del monto en concepto de recargo por mora en la modalidad de pagos al contado de la totalidad de lo adeudado.
    2. Del 50% del monto en concepto de recargo por mora en la modalidad de pagos parciales.
  3. Durante la vigencia de la Resolución queda suspendida la Resolución CA N° 020/2021 respecto a los recargos por mora para el pago de aportes vencidos e impagos.
  4. Los empleadores que gestionen fraccionamientos a través del Sistema REI en cualquier modalidad de financiación serán liquidados con los cálculos de los recargos legales conforme a las reglamentaciones vigentes.
  5. Respecto de los empleadores que cuenten con certificados de deudas sin procesos judiciales o con trámites judiciales ya iniciados por el IPS y soliciten acogerse a los beneficios de esta Resolución, se procederá de la siguiente manera: (i) desbloqueo de cuenta; (ii) cobro de aportes vencidos, y (iii) posterior comunicación a la dirección jurídica del IPS.
  6. El IPS adecuará los sistemas informáticos para la implementación de lo dispuesto en la Resolución.

Este contenido tiene únicamente fines informativos generales y no debe ser considerado como asesoría legal puntual. Si precisa asesoramiento específico no dude en contactarnos.

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