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Mediante la Resolución N°26, Acta N°55 de fecha 14 de noviembre de 2024 (la «Resolución»), el Banco Central del Paraguay (BCP) aprobó el «Reglamento de Emisión de Certificados de Depósito y Warrant Electrónico», estableciendo las condiciones para su implementación por parte de los Almacenes Generales de Depósito.

Objetivo: Regular la emisión de Certificados de Depósito y Warrant en formato electrónico, promoviendo un entorno seguro y confiable para estas operaciones.

Aspectos Claves:

  • Emisión Electrónica:
    a) Los Certificados de Depósito y Warrant podrán emitirse en formato electrónico, equiparables funcionalmente al formato papel según la Ley N°6822/2021.
    b) La emisión y el endoso deberán realizarse mediante Prestadores de Servicios de Documentos Transmisibles Electrónicos autorizados por el Ministerio de Industria y Comercio.
  • Requisitos para la Autorización:
    a) Contar con infraestructura tecnológica adecuada y procedimientos internos para la gestión de riesgos operacionales.
    b) Presentar documentación de soporte, como resoluciones y manuales de procedimientos.
  • Contenido Obligatorio: Los documentos electrónicos deberán incluir datos como el número de orden, descripción de las mercaderías, valor de seguro y firma electrónica cualificada.
  • Monitoreo y Control: La Superintendencia de Bancos supervisará la emisión, registro y operativa de estos documentos, pudiendo solicitar información detallada.
  • Sanciones: El incumplimiento de este reglamento será sancionado conforme a la Ley N°489/1995 y sus modificaciones.

Protección y Transparencia:
El reglamento garantiza medidas de seguridad para la emisión y conservación de los documentos electrónicos, La normativa entrará en vigencia tras su publicación, y los Almacenes Generales de Depósito deberán cumplir con las disposiciones establecidas para operar en este nuevo formato.

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