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El pasado 5 de abril, la Resolución General N° 13/2019 de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) reunió en un solo cuerpo normativo las situaciones que conllevan al incumplimiento de las obligaciones formales y sus consecuentes sanciones pecuniarias, en relación con la contravención establecida en el artículo 176 de la Ley N° 125/1991.

El correspondiente anexo establece el importe de la multa aplicable a cada contravención. Las agrupa en los siguientes apartados:

  • Incumplimiento de obligaciones formales relacionadas al registro único de contribuyentes (RUC);
  • Incumplimiento de obligaciones formales relacionadas con la emisión y expedición de comprobantes de venta y demás documentos timbrados;
  • Incumplimiento de obligaciones formales relacionadas a los deberes de las imprentas;
  • Incumplimiento de obligaciones formales relacionadas a la presentación de declaraciones juradas determinativas e informativas;
  • Incumplimiento de obligaciones formales relacionadas a la presentación de informes; e
  • Incumplimiento de obligaciones formales relacionadas a otros deberes.

La resolución dispone, además, que hasta el 30 de junio de este año la presentación de los estados financieros fuera de plazo será sancionada con una multa de ? 50.000. Tras esta fecha, se aplicará la multa prevista en el anexo de esta resolución (? 400.000).

Para más información respecto a obligaciones formales tributarias y sanciones, no dude en contactar con Andrés Vera avera@vouga.com.py y Rodolfo G. Vouga rgvouga@vouga.com.py.

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