Con el objetivo de ayudar a las empresas a formalizar a sus empleados y poner al día sus obligaciones laborales, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) y el Instituto de Previsión Social (IPS) han decidido otorgar un periodo de gracia, autorizando la exoneración de las multas establecidas en las disposiciones legales por el término de 60 días corridos. Así, desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2018, el pago de multas por inscripción tardía en el Registro Obrero Patronal y la presentación fuera de plazo de planillas anuales será exonerado.
Esta disposición, establecida en el Decreto 553/2018, surgió como consecuencia de que numerosas empresas se encuentran atrasadas en el cumplimiento de sus obligaciones, lo cual se encuentra sancionado con una multa de 10 a 30 jornales mínimos -de acuerdo con el Decreto 8304/2017, modificado por el Decreto 9368/2018-.
Es importante señalar que, a pesar de no mencionarlo expresamente el decreto, esta exoneración no será aplicada de manera retroactiva. Por esta razón, las multas que fueron generadas antes del 1 de noviembre no serán exoneradas de pago.
Para más información sobre el cumplimiento oportuno de las obligaciones laborales vigentes, no dude en contactar con Walter Vera (wvera@vouga.com.py) o Daniela Leguizamón (dleguizamon@vouga.com.py).